
Centros comerciales, supermercados, farmacias, bancos y otras organizaciones con alto flujo de personas o cuyas operaciones reportan un riesgo para la seguridad de personas y bienes deberán realizar cambios operativos relevantes en el marco de la entrada en vigor de la Ley Seguridad Privada en Chile, fijada para el 28 de noviembre.
Si tales entidades no logran adaptarse a este cumplimiento normativo, arriesgan multas y sanciones que pueden llegar hasta 13.500 UTM e incluso pueden ocasionar la clausura o cierre temporal o definitivo del establecimiento.
El nuevo marco normativo redefine los criterios para considerar a una empresa como “entidad obligada”, dejando atrás el parámetro del monto diario de efectivo y estableciendo un criterio cualitativo sujeto a la idea de generación de riesgo para la seguridad pública. Este cambio afecta directamente al diseño e implementación de los Estudios y Planes de seguridad, así como de las medidas de seguridad concretas que las operaciones de cada empresa deberán garantizar ante el nuevo órgano rector y el fiscalizador.
“Muchas compañías creen que aún están a tiempo, o que podrán solventar las nuevas exigencias con los estudios de seguridad actualmente vigentes, pero lo cierto es que ya van tarde, porque esperar la nueva resolución exenta que los notifica como Entidad Obligada sujeta al nuevo marco normativo, activará un procedimiento acotado en el tiempo y con plazos de implementación sumamente breves, exigiendo muy probablemente mayor inversión que puede no estar considerada o subdimensionada dentro de los presupuestos. Este nuevo escenario de cumplimiento normativo requiere planificación, inversiones y decisiones que no se pueden tomar de un día para otro”, advierte Eduardo Hernández, Gerente Legal & Compliance de ALTO Chile.
Uno de los cambios que más ha despertado el interés es la exigencia de que los guardias de seguridad para establecimientos de alto riesgo porten cámaras corporales (bodycams). Las empresas calificadas como con riesgo alto deberán implementar sistemas de vigilancia privada y contar con personal especializado, lo que implica una reorganización completa en recursos humanos y presupuesto.
“No se trata solo de cumplir con una nueva ley, sino de transformar la manera en que se gestiona la seguridad privada. Este marco legal exige pasar de una lógica reactiva a una preventiva, basada en análisis de riesgo”, enfatiza Hernández.
Además, comienza a instalarse una inquietud creciente en el sector: ¿será viable fiscalizar con eficacia el cumplimiento de la ley desde el primer día? La magnitud de los cambios legales e institucionales, sumada al número de organizaciones afectadas, genera dudas sobre la capacidad de supervisión y fiscalización real del Estado en los primeros meses de implementación.
Sin embargo, los expertos coinciden en que eso no debiera ser una excusa para que las empresas posterguen su adaptación, puesto que el Estado también apuesta por la tecnología a la hora de supervisar y fiscalizar, lo cual permitirá escalabilidad más temprano que tarde.
Con información de TrendTic.